CMF - Oficio Ordinario N°36508 de 19/04/2023

Valores cancelación inscripción Registro de Valores Ley Fintec

Abstracto

Oficio Ordinario N°36508 de 19/04/2023 informa sobre la cancelación de acciones del Registro de Valores tras Ley Fintec (Ley N°21.521). Aborda requisitos para solicitar cancelación (menos de 2.000 accionistas en 6 meses) y el estatus de sociedad cerrada y prohibición de oferta pública tras la cancelación.

Resumen

Sobre el particular, cumple esta Comisión en manifestar a usted lo siguiente:

1.- En su presentación manifiesta que el directorio de la sociedad de su gerencia se encontraría analizando la posibilidad de citar a junta extraordinaria de accionistas para que ésta acuerde, por el quórum legal de dos tercios de las acciones emitidas con derecho a voto, solicitar a esta Comisión cancelar la inscripción de las acciones de Invexans S.A. en el Registro de Valores, atendido que ya no se encontraría obligada a mantenerlas inscritas, por cuanto durante los 12 meses consecutivos anteriores, dicha sociedad ha tenido menos de 2.000 accionistas inscritos en su registro de accionistas.

2.- Al respecto, para efectos de analizar sus consultas, se estima pertinente tener en consideración la legislación aplicable al caso, tanto anterior como posterior a la entrada en vigencia de la Ley Fintec.

En primer lugar, se debe tener en consideración que el artículo 2 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas (en adelante, LSA o Ley N°18.046), según su texto vigente hasta el 2 de febrero de 2023, disponía que son sociedades anónimas abiertas aquellas que inscriban voluntariamente o por obligación legal sus acciones en el Registro de Valores.

Por su parte, el artículo 5 de la Ley N°18.045 de Mercado de ...

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