CMF - Oficio Ordinario N°54390 de 16/06/2023
Corredores seguros persona jurídica cambio natural
Abstracto
Oficio Ordinario N°54390 informa que una persona jurídica inscrita como corredor de seguros que desee operar como persona natural, debe cancelar su inscripción actual y solicitar una nueva, cumpliendo requisitos del DFL 251 y Circular 2271. Se aplica inhabilidad del artículo 58 letra e) del DFL 251.
Resumen
Se ha recibido su presentación del Antecedente, mediante la cual indica "Yo tengo una sociedad spa. Y deseo volver a mi código de corredor como persona natural, que posibilidad existen, para no perder mi nombramiento, ". Sobre el particular, se informa lo siguiente:
La entidad EMPERIALE Y SOBARZO CORREDORES DE SEGUROS SpA se encuentra con registro vigente en el Registro de Auxiliares del Comercio de Seguros como persona jurídica, figurando doña Luisa Emperiale Sobarzo como representante legal de la misma.
En dichas circunstancias, y conforme a lo indicado en su presentación, en caso que desee ejercer la intermediación de seguros en calidad de persona natural, lo que corresponde es cancelar la inscripción en Registro de Corredores de Seguros Persona Jurídica y posteriormente solicitar la inscripción en el Registro de Corredores de Seguros Persona Natural, considerando que ambos casos, la requirente debe presentar toda la documentación solicitada por las normativas pertinentes, las cuales deberán ser analizadas por esta Comisión.
Adicionalmente se informa, respecto a la inscripción en el Registro de Corredores de Seguros Persona Natural, que el artículo 58 del Decreto con Fuerza de Ley 251 de 1931 regula los requisitos para ejercer la actividad de corredores de seguros, y especí...
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