CMF - Oficio Ordinario N°93642 de 18/10/2023

Bancos incentivos cuotas fondos mutuos prohibición

Abstracto

Oficio Ordinario N°93642 de 18/10/2023. La CMF responde consulta sobre si bancos pueden entregar cuotas de fondos mutuos como incentivos. Analiza Capítulo 18-13 de la RAN y Ley N° 20.712. Concluye que las cuotas de fondos mutuos son derechos personales y no corresponden a los tipos de bienes permitidos como incentivos por la RAN. Por lo tanto, los bancos no pueden ofrecer cuotas de fondos mutuos como incentivos.

Resumen

  1. Este Organismo tiene entre sus objetivos velar por el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del sistema financiero, acorde a lo dispuesto en el artículo 1º del D.L. N°3.538, de 1980, que contiene la legislación orgánica que lo rige. Lo indicado abarca propender a que las personas o entidades fiscalizadas cumplan con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que las rijan, desde que inicien su organización o su actividad, según corresponda, hasta el término de su liquidación. Para dicho propósito, este Servicio puede interpretar el marco jurídico aplicable, además de ejercer las más amplias facultades de fiscalización.

  2. Así, el Capítulo 18-13 de la Recopilación Actualizada de Normas de Bancos (en adelante, la "Norma") regula el otorgamiento de incentivos distintos de intereses, reajustes o comisiones por los bancos, tanto al público general, para atraer su interés a ciertos servicios ofrecidos, como a sus clientes.

  3. Para dichos efectos, el citado capítulo delimita la facultad para el otorgamiento de incentivos, fija prohibiciones en cuanto al ejercicio de dicha atribución, el tipo de incentivos que pueden ofrecer y -finalmente- las condiciones para la oferta y entrega de los beneficios.

  4. En este sentido, y en directa relación con los fundament...

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