CMF - Oficio Ordinario N°119052 de 15/12/2023

Seguros cambio corredor póliza vigente

Abstracto

Dictamen N°119052-2023 de la CMF sobre la legalidad del cambio de corredor en una póliza de seguro vigente. La CMF indica que la modificación es válida con consentimiento del asegurado y que los problemas de comisiones son de orden privado entre aseguradora y corredor, fuera de su ámbito.

Resumen

Los elementos del contrato de seguro y la póliza, son fijados entre Asegurador y Asegurado, debiendo existir consentimiento de ambas partes para la realización de cualquier modificación que se practique en estos. En observancia a lo anterior, es que no se detecta una falta a la ley por parte de la Compañía, si se cuenta con el consentimiento por parte del Asegurado. Sin perjuicio de lo anterior, dado los términos ilustrativos de su consulta y sin contar con más antecedentes que permitan conocer las circunstancias y motivos por parte de la compañia, no es posible por parte de este Servicio emitir un pronunciamiento.

Por otras parte, se le informa que los problemas en las comisiones, derivadas de estos endosos en las pólizas, son materias de orden privado entre las aseguradoras y los corredores, que escapan de la esfera de atribuciones de esta Comisión, por lo que deberá ser resuelta directamente con la compañia o ejerciendo las acciones que le correspondan....

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora