CMF - Oficio Ordinario N°119059 de 15/12/2023
RICAE servicios a filiales entidad fiscalizada CMF
Abstracto
Oficio Ordinario N°119059 de 15/12/2023 informa que una entidad del RICAE puede prestar servicios a una filial no fiscalizada de una entidad fiscalizada, salvo que la filial sea fiscalizada por otras razones o normativa específica exija un auditor del REAE.
Resumen
En atención a su presentación del Antecedente, por medio de la cual consulta si una entidad inscrita en el Registro de Inspectores de Cuentas y Auditores Externos (RICAE) puede prestar servicios a una sociedad no fiscalizada por este Servicio que es filial de una entidad fiscalizada. Al respecto, cumple este Servicio con manifestar a usted lo siguiente:
El solo hecho de ser una sociedad filial de una entidad fiscalizada no es una hipótesis que sitúe a dicha entidad dentro del perímetro fiscalizador de esta Comisión establecido en el artículo 3 del D.L. N° 3538. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de este Servicio para requerir información a filiales de Sociedades Anónimas Abiertas, conforme a las facultades que le confieren tanto el citado DL N°3.538 como la Ley N°18.046 de Sociedades Anónimas.
De conformidad a lo señalado, las sociedades filiales de entidades sujetas a fiscalización por parte de este Servicio no son supervisadas por este Órgano por esa sola característica, por lo tanto, no se encuentran obligadas a designar una Empresa de Auditoría Externa inscrita en el Registro de Empresas de Auditoría Externa (REAE) que lleva este Servicio de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 239 de la Ley N° 18.045 de Mercado de Valores.
Así, de acuer...
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