CMF - Oficio Ordinario N°62022 de 16/05/2024

Asesor de inversión información recomendación NCG 502

Abstracto

Oficio Ordinario N°62022 de 16/05/2024. La CMF informa sobre el ámbito de aplicación de la Sección III Letra A de la NCG N°502 respecto a la información que debe entregar un asesor de inversión al efectuar una recomendación. Se establece que las obligaciones de información y conflictos de interés aplican sólo a asesorías a persona determinada y no a la actualización de información de inscripción y autorización.

Resumen

Al respecto, cumple este Servicio con informar que lo indicado en letras a) y b) del segundo párrafo de la Sección III letra A de la NCG 502, esto es, las que indican:

“Al momento de efectuar la recomendación, deberá entregar al cliente la siguiente información:

a) Las principales características financieras, económicas, tributarias y jurídicas del instrumento financiero recomendado, poniendo especial énfasis en los riesgos que conllevan la inversión en ese instrumento y cómo esas características se adecúan a las necesidades del cliente.

b) Los conflictos de intereses que se susciten entre el prestador del servicio y el cliente en particular, cómo se gestionarán y cómo pueden afectar al cliente si no se resolvieren adecuadamente.”

Son aplicables, por su naturaleza, sólo a las asesorías que se presten a persona determinada al momento de efectuar la recomendación. Por lo anterior, tampoco aplica para efectos de actualizar información de inscripción y autorización....

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