CMF - Oficio Ordinario N°120567 de 10/10/2024

Rentas vitalicias registro corredores asesores previsionales

Abstracto

Oficio Ordinario N°120567 de 10/10/2024. Este dictamen de la CMF informa que el registro de corredores de rentas vitalicias no está vigente. Para intermediar rentas vitalicias, se requiere inscripción en el Registro de Asesores Previsionales de la Superintendencia de Pensiones, según Ley N°20.255, DFL 251 y DL N°3500.

Resumen

Al respecto, cabe hacer presente que la Ley N°20.255 modificó, entre otros, el art. 57 del DFL 251 de 1931, estableciendo que para la intermediación de seguros previsionales se requerirá la inscripción en el Registro de Asesores Previsionales a que se refiere el Título XVII del Decreto Ley 3.500.

El mismo cuerpo legal citado estableció, en sus normas transitorias, que los corredores de seguros de rentas vitalicias continuaban habilitados para intermediar rentas vitalicias hasta el 31 de marzo de 2009.

Así las cosas, el Registro de corredores de rentas vitalicias hoy no se encuentra vigente y, por lo mismo, de estar interesado en intermediar rentas vitalicias, debería inscribirse en el Registro de Asesores previsionales que lleva la Superintendencia de Pensiones, para lo cual deberá cumplir con los requisitos que la normativa respectiva establece....

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