CMF - Oficio Ordinario N°124438 de 18/10/2024
Microcréditos fiscalización CMF nómina anual ICCM
Abstracto
Oficio Ordinario N°124438 de la CMF responde consulta sobre fiscalización de microcréditos. Aclara que la nómina de instituciones colocadoras masivas de crédito (ICCM) se confecciona anualmente según art. 31 Ley 18.010, basado en información del SII. La fiscalización aplica solo al ser incluidas en dicha nómina.
Resumen
Sobre el particular, esta Comisión cumple con informar lo siguiente:
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Atendido que su consulta ha sido planteada en términos generales e hipotéticos, esta Comisión no se encuentra en condiciones de emitir un pronunciamiento en la materia, conforme a lo solicitado.
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Sin perjuicio de lo anterior y conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley N° 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero, a la Comisión para el Mercado Financiero le corresponderá confeccionar anualmente y de acuerdo a la información enviada por el Servicio de Impuestos Internos, la nómina de las instituciones colocadoras de crédito manera masiva, en adelante “ICCM”, que quedarán sujetas a su fiscalización durante el año calendario siguiente, lo cual es notificado a cada una de dichas instituciones, antes del 30 de julio de cada año.
Se entenderá por ICCM, aquellas instituciones que durante el año calendario anterior hayan realizado operaciones sujetas a un interés máximo convencional por un monto global anual igual o superior a 100.000 unidades de fomento y en un monto superior a 1.000 operaciones.
- Conforme a lo ya señalado, se debe precisar que la nómina de instituciones colocadoras de crédito en forma masiva y cuyas operaciones quedan sujetas a la fiscalización de esta Comisión, se confecciona ...
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