CMF - Oficio Ordinario N°172247 de 31/12/2024
Reaseguro extranjero fiscalización registro CMF
Abstracto
Oficio Ordinario N°172247. La CMF informa que reaseguradores extranjeros no están bajo su fiscalización ni registro, conforme DFL N°251. Existe una nómina regida por Oficio Circular N°1019 de 2017, que detalla el proceso de incorporación.
Resumen
Al respecto, se hace presente que las entidades de reaseguro extranjero no se encuentran sometidas a la fiscalización de esta Comisión, no existiendo un registro de éstas entidades.
Adicionalmente, se hace presente que el artículo 16 del DFL N° 251 no contempla la existencia de un registro de estas entidades, las que no se encuentran sometidas a la fiscalización de esta Comisión, sin perjuicio de lo cual existe una nómina de entidades de reaseguro extranjero, regulada por el Oficio Circular N°1019 de 2017, en la cual se señala la forma de ser incorporada en la misma.
La normativa indicada puede ser visualizada en la página web de esta Comisión en el siguiente link https://www.cmfchile.cl/institucional/legislacion_normativa/normativa.php....
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