CMF - Oficio Ordinario N°27836 de 31/01/2025
AGF auditoría interna externalización conflictos interés
Abstracto
Oficio Ordinario N°27836 informa sobre la NCG N° 507 y la función de auditoría interna en AGF. Permite externalizar esta función, exigiendo resguardos para evitar conflictos de interés y aplicando procedimientos de externalización de la NCG N° 510.
Resumen
La NCG N°507 contiene las disposiciones de gobierno corporativo y gestión de riesgos aplicables a las AGF, dentro de las cuales, se encuentra el deber de mantener una estructura organizacional adecuada para la gestión de los riesgos que enfrentan las Administradoras. La normativa requiere de una unidad que cumpla la función de auditoría interna, la cuál deberá ser independiente de las áreas generadoras de riesgos y de la unidad de gestión de riesgos. Esta función también podrá ser ejercida por una unidad de auditoría interna corporativa, en caso que la Administradora pertenezca a un grupo empresarial. Por otro lado, la NCG N° 507, no regula y tampoco prohíbe la posibilidad de que esta sea desarrollada por una entidad externa. Sin embargo, en el caso que esta función sea delegada a una entidad externa, en ningún caso exime a la administradora de dar cumplimiento íntegro a las exigencias efectuadas por la Norma como si fuere una “Unidad de Auditoría Interna” propia de la AGF o del Grupo Empresarial. En específico, lo señalado en las secciones I.1 Responsabilidad del directorio, I.2 Estructura organizacional, políticas y procedimientos, II. PROGRAMA DE GESTIÓN DE RIESGOS, CONTROL Y AUDITORÍA INTERNA y II.2. Función de auditoría interna. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilid...
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