CMF - Oficio Ordinario N°3397 de 13/01/2025

Seguros acreditación conocimientos agentes NCG 471

Abstracto

Oficio Ordinario N°3397 de 13/01/2025 informa sobre la acreditación de conocimientos para agentes de ventas de seguros según NCG N°471. La inscripción es por compañía, verificando requisitos. La CMF no imparte cursos; la capacitación puede ser por aseguradora u organismos reconocidos, con certificado válido por 5 años y requisito de re-acreditación.

Resumen

Al respecto, se informa que, de acuerdo a lo establecido en la Norma de Carácter General N°471 de 13 de abril de 2022, la inscripción de los agentes de ventas de seguros debe ser realizada por cada compañía de seguros, la que, previamente, debe verificar que los agentes cumplen con los requisitos que prevé la ley.

En cuanto a la acreditación de conocimientos, cabe hacer presente que esta Comisión no realiza cursos o capacitaciones al efecto. Sobre la materia, la normativa establece que: "las mencionadas capacitaciones podrán ser impartidas por la misma entidad aseguradora o por medio de organismos de enseñanza profesional o técnica, reconocidos por el Estado o SENCE, quienes otorgarán un certificado que acredite el haber aprobado la capacitación. El referido certificado tendrá una vigencia de 5 años, independiente de la compañía para la que preste funciones el agente, debiendo éste re-acreditarse antes de finalizar esta vigencia, cursando y aprobando nuevamente la capacitación de 40 horas de duración"....

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