CMF - Oficio Ordinario N°31651 de 07/02/2025
Valores: Facultades Fiscalización Comité Vigilancia Filiales
Abstracto
Oficio Ordinario N°31651 de 07/02/2025 de la CMF sobre el Comité de Vigilancia de entidades privadas de depósito de valores. Interpreta la Ley N°18.876, estableciendo que las facultades de fiscalización del Comité se circunscriben a las operaciones de la empresa matriz, sin extenderse automáticamente a sus filiales.
Resumen
Conforme a lo establecido en el Título III de la Ley N°18.876, sin perjuicio de los mecanismos internos de control que las empresas de depósito de valores deben establecer, los depositantes reunidos en asambleas ordinarias de depositantes deberán designar un comité de vigilancia integrado por 5 representantes de los depositantes. A tal Comité de Vigilancia, conforme a lo prescrito en el artículo 35 de dicha ley, corresponderá la fiscalización interna de las operaciones de la empresa y de las que realicen con ésta los propios depositantes, estando investido de las facultades siguientes: “a.- Verificar que las operaciones de custodia, compensación, liquidación y transferencia se cumplan cabal y oportunamente; b.- Practicar, trimestralmente, arqueos de la empresa y verificar la exactitud y calce de cuentas de los depositantes. c.- Verificar que la información disponible para los depositantes sea suficiente, veraz y oportuna; d.- Verificar si los depositantes cumplen oportuna y satisfactoriamente sus obligaciones tanto respecto de otros depositantes como con la empresa misma; e.- Verificar la calidad de las instalaciones y de los sistemas de seguridad; como asimismo, la calidad y monto de las garantías y seguros vigentes; f.- Poner en conocimiento de la Comisión las deficiencias, dif...
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