CMF - Oficio Ordinario N°102088 de 30/05/2025
Seguros Liquidadores Siniestros Solicitud Información Autoridades
Abstracto
Oficio Ordinario N°102088 de 30/05/2025. Dictamen de la CMF sobre seguros que informa la facultad de los liquidadores de siniestros para solicitar información a autoridades públicas, conforme al DFL N°251 y DS N°1055. Confirma que dicha solicitud no requiere formalidad especial ni abogado habilitado.
Resumen
Sobre el particular, conforme a lo prescrito en el artículo 61 del Decreto con Fuerza de Ley N°251, la liquidación de los siniestros tiene por finalidad el determinar la ocurrencia del siniestro, si el riesgo está bajo cobertura de una compañía determinada, y el monto de la indemnización a pagar, todo ello de conformidad con el procedimiento que establezca el Reglamento. En cuanto a ello, el inciso tercero de la referida norma, da cuenta que los liquidadores de un siniestro "[...] podrán solicitar del Ministerio Público o de las autoridades administrativas que por su cargo tengan antecedentes relacionados con ese hecho, les faciliten su conocimiento o les otorguen su certificación sobre los puntos necesarios para su liquidación. Igual facultad tendrán los apoderados de las compañías encargados de hacer la respectiva liquidación, cuando no se la hayan encomendado a un liquidador de siniestros". En el mismo sentido, el artículo 15 del Decreto Supremo N°1055, que Aprueba nuevo reglamento de los auxiliares del comercio de seguros y procedimiento de liquidación de siniestros, establece respecto de lo consultado: “Solicitud de información a autoridades públicas. Los liquidadores que deban informar un siniestro podrán solicitar del Ministerio Público o de las autoridades administrativas...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.