CMF - Oficio Ordinario N°102648 de 30/05/2025

Valores obligación información emisor liquidación CMF Supervisa

Abstracto

Oficio Ordinario N° 102648 de 30/05/2025, de la CMF, sobre valores. Dictamina que la cancelación de acciones no deshabilita accesos a CMF Supervisa. Establece que las obligaciones de información de emisores en liquidación deben cumplirse vía CMF Supervisa, debiendo la administración traspasar usuarios.

Resumen

Sobre el particular, cumplo con informar a usted lo siguiente:

El medio idóneo para dar cumplimiento a las obligaciones de información es el Sistema CMF Supervisa, que es el nuevo canal de comunicación de los Fiscalizados y la Comisión, de acuerdo con lo indicado en la Norma de Carácter General N° 515. El envío de la información deberá de ser realizado por los usuarios que tengan habilitado el sistema de CMF Supervisa, debiendo la Administración traspasar el acceso de este sistema a sus sucesores o habilitar como usuarios al Liquidador o Comisión liquidadora.

Se hace presente que, solicitada y verificada la cancelación de las acciones emitidas por la Sociedad en el Registro de Valores, no inhabilita los accesos en las referidas plataformas de forma automática, debiendo de ser requerida la desactivación por la administración a través de la misma plataforma....

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