Contraloría - Dictamen N° 26904 1983

Embargo de subvenciones a colegios particulares

Abstracto

Dictamen 26904 de 1983. Subvenciones a sostenedores de colegios particulares pierden calidad de recursos fiscales al momento del retiro de la suma pertinente, pudiendo ser objeto de embargos o retenciones judiciales. Se instruye al Ministerio de Educación sobre garantías y retenciones.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: No especificado
  • Materia: Subvenciones a sostenedores de colegios particulares y su tratamiento frente a embargos.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Se consulta sobre el momento en que las subvenciones a sostenedores de colegios particulares pierden su calidad de recursos fiscales y la posibilidad de embargos.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: DL 3476/80, artículos 3, 7 y 9; Ley 18087, artículo único, letra c.
  • Reglamentos: DTO 8144/80 (MINEDUC), artículos 16 y 24; DTO 444/82 (MINEDUC), artículo único, letra b.
  • Otros cuerpos normativos: DL 2573/79, artículo 37; Código de Procedimiento Civil, artículos 443 N°2 y 449; Código Civil, artículos 1624 y 1568.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar el momento en que las subvenciones a sostenedores de colegios particulares dejan de ser recursos fiscales y pueden ser objeto de embargos o retenciones judiciales.
  • Argumentación CGR: La Contraloría General de la República indica que las subvenciones ingresan al patrimonio de los sostenedores al momento del retiro de la suma pertinente de la Oficina Provincial de Presupuestos del Ministerio de Educación, y solo entonces pierden su calidad de recursos fiscales. El pago se verifica jurídicament...

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