Contraloría - Dictamen N° 53953 2008
Cierre de calles requiere requisitos
Abstracto
Dictamen 53953 de 2008. Se reconsidera dictamen 21706/2006. La autorización de cierre de calles requiere que estas tengan una sola entrada o salida, o sean peatonales, sin detrimento del uso común ni afectación de derechos constitucionales. Se instruye regularización a Municipalidad de Cerrillos.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Fundación "Defendamos la Ciudad"
- Materia: Requisitos para el cierre de calles y pasajes.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad del cierre de las calles El Tepual y Manquehue en la comuna de Cerrillos.
- Hechos relevantes: Dictamen N° 21.706, de 2006, concluyó que el cierre de dichas calles se ajustaba a derecho.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 18.695: Artículos 5°, letra c), y 63, letra f).
- Código Civil: Artículo 589.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el cierre de las calles El Tepual y Manquehue en Cerrillos se ajusta a derecho.
- Argumentación CGR: Las calles y pasajes son bienes nacionales de uso público sujetos a la administración municipal. Excepcionalmente, se permite el cierre en resguardo de la seguridad ciudadana bajo ciertas condiciones.
- Principios interpretativos: Racionalidad, interés superior debidamente ponderado y fundado en estudios técnicos, y armonía con la naturaleza de los bienes nacionales de uso público.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes N°s 47.173, de 2005, 40.874, de 2006 y 8.037, de 2007.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No corresponde el cierre de las calles El Tepual y ...
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