Contraloría - Dictamen N° 55554 2008

Municipio no puede financiar productivo privado

Abstracto

El Dictamen 55554 de 2008 de la Contraloría General de la República, a solicitud de la Municipalidad de Tucapel, confirma el dictamen 19936 de 2004. Reitera que los municipios no pueden implementar fondos concursables para financiar actividades productivas de particulares con el sector privado.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Municipalidad de Tucapel
  • Materia: Imposibilidad de implementar fondo concursable para financiar actividades productivas de particulares.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del dictamen N° 19.936, de 2004, que impide a los municipios implementar fondos concursables para financiar actividades productivas de particulares.
  • Motivación: La Municipalidad de Tucapel fundamenta su petición en el artículo 4°, letra d), de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y en la necesidad de apoyar financieramente a familias con dificultades económicas.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley 18695: Artículos 4°, letras c) y d), 5°, letra g), y 65.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: ¿Puede un municipio implementar un fondo concursable para financiar actividades productivas de particulares conjuntamente con el sector privado?
  • Argumentación CGR: Los recursos municipales deben ceñirse a los objetivos establecidos en la ley. La entrega directa de dinero a particulares solo se admite en casos expresamente regulados.
  • Jurisprudencia administrativa: Dictámenes N°s. 8.507, de 2001 y 36.961, de 2007. La ayuda económica a particulares se limita a situaciones de indigencia ...

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