Contraloría - Dictamen N° 55760 2008
Efectos del Retiro Temporal: Notificación
Abstracto
Dictamen 55760 de 2008. Reconsidera dictamen 57974/2007 sobre retiro temporal de Carabinero. Se establece que el decreto de retiro produce efectos desde la notificación al funcionario, no desde la fecha de emisión, conforme a la Ley 19.880.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Luis Ahumada Castillo, Mayor de Carabineros en retiro.
- Materia: Efectos del decreto de retiro temporal de Carabineros y su fecha de aplicación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de cumplimiento del dictamen N° 57.974, de 2007, que ordenaba regularizar la situación del recurrente respecto a su retiro temporal.
- Hechos relevantes: El recurrente fue llamado a retiro temporal mediante decreto supremo, estableciendo la fecha de inicio del retiro desde la emisión del decreto y no desde su total tramitación.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.880, artículos 47 y 52.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar desde cuándo produce efectos el decreto de retiro temporal de un funcionario de Carabineros: ¿desde su dictación o desde su notificación?
- Argumentación CGR: Los actos administrativos rigen para el futuro y una vez cumplida su total tramitación, no pudiendo retrotraerse sus efectos a una fecha anterior. La notificación al interesado es el hito que determina el inicio de los efectos del acto administrativo.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N°s 18.293, de 1986; 29.225, de 2000; 4.880 y 14.628, ambos de 2008, de la Contraloría General.
V. PRO...
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