Contraloría - Dictamen N° 20344 2009

Patente municipal sin inicio actividades

Abstracto

Dictamen 20344 de 2009. Se determina que la Municipalidad de Vitacura debe otorgar patente comercial a empresa trasladada desde Las Condes, si esta última certifica que la empresa no ejerció actividades lucrativas gravadas, no siendo exigibles los requisitos del artículo 29 del DL 3063/79.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Sociedad Castillo y Assef Ltda.
  • Materia: Otorgamiento de patente comercial a empresa trasladada de comuna.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de patente comercial en la Municipalidad de Vitacura rechazada por falta de acreditación de pago en la Municipalidad de Las Condes.
  • Hechos relevantes: La empresa solicitante se trasladó desde la comuna de Las Condes a la de Vitacura. La Municipalidad de Las Condes informa que la empresa no realizó actividades lucrativas en dicha comuna.

III. MARCO NORMATIVO

  • DL 3063/79: Artículos 23, 24 inciso 1°, 29 inciso final, y 32.
  • Dto 2385/96 inter

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: ¿Procede exigir el pago de patente anterior para el otorgamiento de una nueva patente cuando la empresa no ejerció actividades gravadas en la comuna anterior?
  • Argumentación CGR: La CGR señala que los requisitos para el pago de patente comercial son: actividad gravada, ejercicio efectivo de la actividad y realización en un local determinado. La obligación de presentar la patente anterior pagada, según el artículo 29 del DL 3063/79, solo aplica si la empresa ejerció actividades gravadas en la comuna anterior y tiene deuda pendiente. Si no hubo ejercicio de activid...

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