Contraloría - Dictamen N° 49219 2009
Improcedencia bono ley 20134 exonerados
Abstracto
Dictamen 49219 de 2009. Exonerado político no tiene derecho al bono extraordinario de la ley 20134 si su pensión no contributiva fue calculada según el inciso segundo del artículo 12 de la ley 19234, y no según el inciso tercero.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Dámaso Galleguillos Díaz
- Materia: Bono extraordinario para exonerados políticos.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de bono extraordinario de la ley 20.134 denegado por el ex Instituto de Normalización Previsional (actual IPS).
- Hechos relevantes: El recurrente, ex empleado de CORA, fue exonerado político y solicita el bono. El IPS deniega el beneficio porque su pensión no contributiva fue calculada según el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 19.234.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 19234: Artículo 12, incisos segundo y tercero.
- Ley 20134: Artículo 1.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si un exonerado político tiene derecho al bono extraordinario de la ley 20.134 cuando su pensión no contributiva fue calculada según el inciso segundo del artículo 12 de la ley 19.234.
- Argumentación CGR: Para acceder al bono, la pensión no contributiva debe haber sido determinada según el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes 36.261 de 2008 y 16.075 bis de 2000.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: El recurrente no tiene derecho al bono extraordinario.
- Criterios establecidos: La pensión no...
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