Contraloría - Dictamen N° 24015 2010
CONADI: Bonificación compensatoria técnicos
Abstracto
Dictamen 24015 de 2010. Funcionarios CONADI reclaman por cálculo de bonificaciones compensatorias (Leyes 18566 y 18675). CGR reafirma que técnicos de nivel superior no tienen derecho a bonificación como profesionales, aplicando criterio jurisprudencial vigente.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Luis Alberto Melita Medina, Sergio Hugo Jara Riquelme y Juan Ricardo Campos Alegría, funcionarios de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI).
- Materia: Bonificaciones compensatorias de los artículos 3 de la ley 18566 y 10 de la ley 18675.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo contra el oficio N° 41.913, de 2009, de la Contraloría General de la República (CGR), relacionado con el pago de bonificaciones compensatorias.
- Hechos relevantes: Los recurrentes, técnicos de la CONADI, perciben bonificaciones compensatorias calculadas como si fueran profesionales, lo cual es cuestionado por la CGR.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes:
- Ley N° 18.566, artículo 3.
- Ley N° 18.675, artículo 10.
- Ley N° 18.827.
- Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza.
- Ley N° 20.370.
- Artículos relacionados:
- Artículo 2 de la ley N° 18.566.
- Artículo 9 de la ley N° 18.675.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si los técnicos de nivel superior tienen derecho a percibir las bonificaciones compensatorias de las leyes N°s 18.566 y 18.675 en la misma cuantía que los profesionales.
- Argumentación CGR: La CGR señala que, si bien en el pasado se permití...
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