Contraloría - Dictamen N° 37219 2010
Rechazo reliquidación desahucio Municipalidad Porvenir
Abstracto
Dictamen N° 37219 de 2010. Se rechaza solicitud de Juan Esteban Contreras Marambio sobre reliquidación de desahucio. Se considera que la liquidación de 2009 está ajustada a derecho, aplicando el artículo 102 del DFL 338/60 y la Ley 18.177.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Juan Esteban Contreras Marambio
- Materia: Reliquidación de desahucio.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reliquidación del desahucio por parte de ex jefe de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Porvenir, aduciendo mayor tiempo desempeñado.
- Hechos relevantes: El recurrente fue traspasado del Servicio de Tesorerías a la Municipalidad de Porvenir. Se le otorgó desahucio en 1982 por su tiempo como tesorero comunal y nuevamente en 2009 por su desempeño en la municipalidad.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL 338/60: Artículo 102 (desahucio) y 103 (límite de 24 mensualidades).
- Ley 18.177: Establece que la transferencia no desvincula a los empleados del sistema de desahucio.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la reliquidación del desahucio considerando el tiempo total desempeñado en Tesorerías y la Municipalidad.
- Argumentación CGR: Se indica que al personal traspasado se le otorgó el desahucio según el artículo 102 del DFL 338/60. La Ley 18.177 mantuvo el vínculo con el Fondo de Seguro Social, correspondiendo un complemento al desahucio ya concedido hasta el límite de 24 mensualidades, conforme al artículo 103 del DFL 338/60.
- *Jurisprudencia admini...
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