Contraloría - Dictamen N° 74183 2010
Vacancia cargo confianza JUNJI procede
Abstracto
Dictamen 74183 de 2010. Se pronuncia sobre la declaración de vacancia de cargo de exclusiva confianza en JUNJI. Aplica el artículo 7° de la ley 18.834 y jurisprudencia administrativa, señalando que la remoción es facultad de la autoridad y no procede fijar fecha distinta para el cese.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Rubén Salazar Vargas, ex Director Regional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles de la Región del Bío Bío.
- Materia: Declaración de vacancia de cargo de exclusiva confianza en la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo contra la resolución N° 141, de 2010, de la Vicepresidenta Ejecutiva de JUNJI, que declaró vacante el cargo del recurrente por no presentar su renuncia no voluntaria en el plazo establecido.
- Hechos relevantes: El recurrente alega que sí presentó su dimisión, indicando la fecha en que pretendía que se hiciera efectivo su cese.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 18.834: Artículo 7°, letra c) (cargos de exclusiva confianza); Artículo 148 (remoción y petición de renuncia).
- Ley N° 18.575: Artículo 49, inciso final (libre designación y remoción).
- *DFL 1/19653/2000 sepre.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Si es legal la declaración de vacancia del cargo de exclusiva confianza del recurrente, considerando que presentó su renuncia indicando una fecha de cese diferente a la requerida por la autoridad.
- Argumentación CGR: Los cargos de exclusiva confianza están sujetos a la libre designación y remoción de la autoridad facultada. La ...
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