Contraloría - Dictamen N° 34136 2011
Rechazo seguro vida nieta CANAEMPU
Abstracto
Dictamen N° 34.136, 27 de mayo de 2011. Se rechaza solicitud de seguro de vida de nieta de ex pensionada CANAEMPU, ratificando dictamen 66.640/2010. Art. 31 N° 1 del D.F.L. N° 1.340 bis, de 1930, no contempla a nietos como beneficiarios.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Julia Patricia Soledad Pincheira Muga
- Materia: Derecho a obtener el beneficio de seguro de vida (DFL 1340/30 bis) con ocasión del fallecimiento de su abuela, ex pensionada de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a obtener el seguro de vida por fallecimiento de la abuela, quien era pensionada de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
- Hechos relevantes: La recurrente ya había presentado una solicitud similar, la cual fue resuelta negativamente mediante el dictamen N° 66.640, de 2010.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: D.F.L. N° 1.340 bis, de 1930, artículo 31 N° 1.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si a la nieta de una ex pensionada de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas le asiste el derecho a percibir el seguro de vida.
- Argumentación CGR: El dictamen se basa en el artículo 31 N° 1, del D.F.L. N° 1.340 bis, de 1930, el cual no contempla a los nietos entre los beneficiarios del seguro de vida.
- Jurisprudencia administrativa: Se ratifica lo resuelto en el dictamen N° 66.640, de 2010.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Se determina que...
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