Contraloría - Dictamen N° 36955 2011
Remuneración Directora Nacional SENADIS
Abstracto
Dictamen 36955 de 2011. La renta del Director Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad es la pactada en su contrato, respetando el límite del artículo 71 de la ley 20422. Aplica criterio del dictamen 78070/2010. Reconsiderado parcialmente por dictamen 21713/2014.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Servicio Nacional de la Discapacidad
- Materia: Remuneración de la Directora Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS) y cálculo de indemnización y feriados del ex Director Nacional.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la remuneración de la Directora Nacional del SENADIS designada transitoria y provisionalmente y sobre la renta para el cálculo de la indemnización y feriados del ex Director Nacional.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 20422: Artículos 61 inciso 2, 66, 71 inciso 2, y 3° transitorio incisos 1 y 3.
- Ley 19882: Artículos quincuagésimo octavo, quincuagésimo noveno y sexagésimo quinto inciso 2.
- Ley 18834: Artículo 4.
- Código del Trabajo: Artículos 67 y 73.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la remuneración de la Directora Nacional designada transitoriamente y la base de cálculo para la indemnización y feriados del ex Director Nacional.
- Argumentación CGR:
- La remuneración de la Directora Nacional designada transitoriamente debe ser la asignada al cargo, incluida la asignación de Alta Dirección Pública, respetando los límites establecidos en el artículo 71 de la ley 20422 y el artículo sexagésimo quinto de la ley 1...
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