Contraloría - Dictamen N° 76641 2011
Improcedencia bono ley 20305
Abstracto
Dictamen 76641 de 2011. Erna Cárdenas no tiene derecho al bono post laboral de la ley 20.305, pues no cumplió funciones en entidades estatales antes del 1/5/81, requisito del artículo 2 N°1. Aplica dictámenes 41127/2008 y 58125/2009 sobre Corporación Lautaro.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Erna Rosa Cárdenas Gutiérrez, ex funcionaria del Hospital San Borja Arriarán.
- Materia: Bono post laboral establecido en la ley N° 20.305.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a percibir el bono de la ley N° 20.305.
- Hechos relevantes: La recurrente laboró en el Servicio de Salud Metropolitano Central entre 1991 y 2009, y en la Corporación Privada de Desarrollo Social Lautaro entre 1980 y 1989.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 20.305, artículos 1° y 2°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la peticionaria cumple con los requisitos para acceder al bono post laboral establecido en la ley N° 20.305.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) señala que el artículo 2°, numeral 1, de la ley N° 20.305 exige haber desempeñado funciones en los organismos señalados en el artículo 1° de la misma ley, o en sus antecesores legales, tanto a la fecha de postulación al bono como con anterioridad al 1 de mayo de 1981.
- La CGR indica que el período servido en la Corporación Privada de Desarrollo Social Lautaro no puede ser asimilado al ejercicio de un cargo público, ya que dicha entidad tenía la calidad de empleador particu...
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