Contraloría - Dictamen N° 35564 2012

Validez notificación carta certificada empresas

Abstracto

Dictamen 35564 de 2012. La CGR responde a la Municipalidad de Pudahuel sobre la validez de notificaciones por carta certificada enviadas por una empresa distinta a Correos de Chile, en el contexto de infracciones a las leyes de Tránsito. Se aplica el artículo 46 de la ley 19.880.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Municipalidad de Pudahuel
  • Materia: Validez de notificaciones por carta certificada enviadas por empresa distinta a Correos de Chile.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: La Municipalidad de Pudahuel consulta sobre la posibilidad de contratar una empresa distinta a Correos de Chile para realizar las notificaciones por carta certificada que debe efectuar el Director de la Unidad de Administración y Finanzas, según lo previsto en los artículos 43 bis, N° 2, de la ley N° 18.287 y 114, inciso primero, de la ley N° 18.290.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Ley N° 18.287, artículo 43 bis, números 1 y 2; Ley N° 18.290, artículo 114, inciso primero; Ley N° 19.880, artículo 46, inciso segundo.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: ¿Existe algún impedimento jurídico para que las notificaciones por carta certificada sean remitidas por una empresa diversa de la Empresa de Correos de Chile?
  • Argumentación CGR: La CGR señala que el artículo 46, inciso segundo, de la ley N° 19.880 no exige que la notificación por carta certificada sea realizada exclusivamente a través de la Empresa de Correos de Chile. Por lo tanto, si la comunicación es expedida a través de una oficina de Correos distinta, la notificación será i...

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