Contraloría - Dictamen N° 54693 2012
SUSESO resuelve rechazo licencias médicas
Abstracto
Dictamen N° 54.693 de 2012. Se establece que corresponde a la Superintendencia de Seguridad Social pronunciarse sobre el rechazo de licencias médicas por parte de las COMPIN, conforme a la Ley 16.395. Se remiten antecedentes a la SUSESO.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: María Smith Alarcón, funcionaria de la Universidad de Concepción.
- Materia: Competencia para resolver sobre el rechazo de licencias médicas por parte de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Rechazo de licencias médicas presentadas a partir de junio de 2011 por la COMPIN de la Región del Biobío, alegando extemporaneidad.
- Hechos relevantes: Apelación a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) por parte de la reclamante.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 16.395: Artículos 3°, 28 y 38, letra f), que regulan la Superintendencia de Seguridad Social.
- Ley N° 19.880: Artículo 14, inciso segundo, sobre remisión de antecedentes.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar el organismo competente para pronunciarse sobre el rechazo de licencias médicas.
- Argumentación CGR: La atribución de pronunciarse sobre las licencias médicas recae en las COMPIN, quienes pueden aprobar, rechazar, reducir o ampliar el período de reposo. La SUSESO es la autoridad técnica de control de las instituciones de previsión social, incluyendo las COMPIN.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes N° 6.187 de 2009, N° 3.827 de 2000, N° 49.744 de 2009 y ...
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