Contraloría - Dictamen N° 55119 2012
Fondos Ahorro Fisco Decreto Aprobatorio
Abstracto
Dictamen 55119 de 2012. Se refiere a la devolución de fondos de ahorro según el artículo 5 de la ley 18900. Reitera que el Fisco se hace responsable de obligaciones de instituciones en liquidación solo tras dictación de acto administrativo aprobatorio.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Jorge Godoy Araya (denunciante)
- Materia: Devolución de fondos de ahorro de la ex Asociación Nacional de Ahorro y Préstamos (ANAP) en virtud del artículo 5 de la ley 18.900.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Denuncia por incumplimiento del Ministerio de Hacienda en el pago de dineros a ahorrantes de la ex ANAP.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 18.900: Artículos 4° y 5° (liquidación de la ex ANAP y Caja Central de Ahorros y Préstamos).
- Ley 19.880: Artículo 14, inciso segundo (remisión de antecedentes).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinación del momento en que el Fisco asume la responsabilidad por las obligaciones de la ex ANAP.
- Argumentación CGR: El Fisco se hace responsable de las obligaciones de las instituciones en liquidación solo una vez publicado el decreto que aprueba la cuenta de liquidación respectiva.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes 41.240 de 2006, 33.871 de 2009, 5.907 de 2010 y 5.522 de 2012.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Reitera criterio sobre la necesidad de un acto administrativo para que el Fisco asuma obligaciones de instituciones en liquidación.
- Alcance: Caso específico de la denuncia, pero aplicable en general a la materia.
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