Contraloría - Dictamen N° 61558 2012
DGAC: Imposiciones en CAPREDENA procedentes
Abstracto
Dictamen 61558 de 2012. Funcionario DGAC tiene derecho a ser imponente de CAPREDENA según el artículo 2° de la ley 18.458, al haber sido obrero a jornal en la Fuerza Aérea sin solución de continuidad, aplicándose jurisprudencia administrativa.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Don José Ángel Rivera Hidalgo, funcionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
- Materia: Derecho a ser imponente de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a ser imponente de CAPREDENA.
- Hechos relevantes:
- El recurrente laboró en la Escuela de Aviación y Base Aérea El Bosque (Fuerza Aérea) como mayordomo (marzo 1984 - septiembre 1993), con imposiciones en AFP.
- A partir del 1 de septiembre de 1993, fue contratado en la DGAC como personal auxiliar, afecto al sistema del DL 3500/80.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 18.458, artículos 1° y 2°.
- Decreto con Fuerza de Ley: DFL N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional; DFL 209/53 Hacie art/39; DFL 1/68 Defen art/161; DFL 1/68 Defen art/181; DFL 1/68 Defen art/188
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si un funcionario de la DGAC tiene derecho a ser imponente de CAPREDENA en virtud del artículo 2° de la ley N° 18.458.
- Argumentación CGR:
- El artículo 2° de la ley N° 18.458 permite la continuidad en CAPREDENA a quienes cambian de categoría funcionaria sin solución de continuidad.
- Jurisprudencia ad...
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