Contraloría - Dictamen N° 65002 2012
Plazo Notificación Caducidad Concesión Marítima
Abstracto
Dictamen 65002 de 18-X-2012 representa el decreto 539/2012 del Ministerio de Defensa Nacional que declara caducada una concesión marítima. Se determina que el plazo de notificación se rige por la Ley 19.880, artículo 45, inciso 2, estableciendo un término de 5 días.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas
- Materia: Caducidad de concesión marítima y plazo de notificación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Decreto N° 539, de 2012, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que declara caducada la concesión marítima que indica.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.880, artículo 45, inciso 2.
- Reglamentos: Decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, Reglamento sobre Concesiones Marítimas, artículo 31.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar el plazo aplicable para la notificación de la caducidad de una concesión marítima.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República señala que el artículo 31 del decreto N° 2, de 2005, se refiere a los decretos de otorgamiento, renovación o modificación de concesiones marítimas, no a la caducidad. Por lo tanto, el plazo de notificación se rige por las normas generales de la ley N° 19.880, específicamente el inciso segundo de su artículo 45.
- Principios interpretativos: Aplicación de la norma general en defecto de norma especial.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: El plazo para l...
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