Contraloría - Dictamen N° 57544 2013
Bono Ley 20305 Improcedencia Pago
Abstracto
Dictamen 57544 de 2013. El recurrente no tiene derecho al bono de la ley N° 20.305, dado que su tasa de reemplazo líquida (68.83%) excede el 55% requerido, según lo establecido por la Superintendencia de Pensiones.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Juan Francisco Pinochet Ferrada
- Materia: Improcedencia del bono de la ley N° 20.305 por superar la tasa de reemplazo líquida máxima.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el rechazo del acceso al bono de la ley N° 20.305.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: N° 20.305, artículo 2°, numeral 3; artículo 3°, inciso 1°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el recurrente cumple con los requisitos para acceder al bono de la ley N° 20.305, específicamente en relación con la tasa de reemplazo líquida.
- Argumentación CGR: El artículo 2°, numeral 3, de la ley N° 20.305 establece que para optar al beneficio, la tasa de reemplazo líquida estimada debe ser igual o inferior al 55%. La Superintendencia de Pensiones fijó la tasa de reemplazo líquida del señor Pinochet Ferrada en un 68.83%, excediendo el máximo previsto. El inciso primero del artículo 3° de la ley N° 20.305 señala que la Superintendencia de Pensiones es la entidad encargada de realizar el cómputo de la mencionada tasa.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: El recurrente no tiene derecho a la bonificación por la que consulta.
- Criterios establecidos: La tasa de reemplazo líquida debe ser igua...
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