Contraloría - Dictamen N° 12807 2014
Improcedencia reincorporación Gendarmería exfuncionario condenado
Abstracto
Dictamen 12807 de 2014. Exfuncionario de Gendarmería condenado y favorecido por la Ley 18.216 no puede reincorporarse a esa entidad, según el artículo 29 inciso 3° de dicha ley, confirmando criterio del oficio 31.433 de 2013.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Edison Patricio Mejías Pérez
- Materia: Imposibilidad de reincorporación a Gendarmería de Chile por condena previa.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del oficio N° 31.433, de 2013, que representó la resolución N° 318 de Gendarmería de Chile que disponía su reincorporación.
- Hechos relevantes: El recurrente no cumple con el requisito del artículo 12, letra f), de la ley N° 18.834, al estar condenado por crimen o simple delito.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 18.834: Artículo 12, letra f) (requisitos de ingreso a la Administración).
- Ley N° 18.216: Artículo 29, incisos 1° y 3° (beneficios alternativos al cumplimiento de la pena).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si un exfuncionario de Gendarmería de Chile, condenado y favorecido con la ley N° 18.216, puede reincorporarse a esa entidad.
- Argumentación CGR: El artículo 29, inciso primero, de la ley N° 18.216 permite la omisión de la condena en los certificados de antecedentes, pero el inciso tercero exceptúa de esta exclusión los certificados para ingresar a Gendarmería de Chile.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N° 7.426, de 2008, N° 13.451, de 2010 y N° 45.038, de 2012.
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