Contraloría - Dictamen N° 41650 2014
Improcedencia pago remuneraciones renuncia voluntaria
Abstracto
Dictamen 41650 de 2014. Se determina que no procede el pago de remuneraciones a exfuncionario de Carabineros que renunció voluntariamente, conforme al artículo 33 de la ley 18.961 y artículo 81 del DFL 2/68 INTER.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Osmán Cortés Maldonado (exfuncionario de Carabineros de Chile)
- Materia: Improcedencia del pago de remuneraciones a exfuncionario por renuncia voluntaria.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a percibir remuneraciones correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 2013, posterior a la renuncia.
- Hechos relevantes: El recurrente renunció a su cargo en Carabineros de Chile a contar del 1 de septiembre de 2013.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 18.961: Artículo 33, inciso primero, que establece que los estipendios de los empleados de Carabineros son consecuencia del trabajo efectivamente prestado.
- DFL N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile: Artículo 81, inciso final, que regula la efectividad de la renuncia voluntaria.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede el pago de remuneraciones a un exfuncionario de Carabineros después de su renuncia voluntaria.
- Argumentación CGR: Los estipendios son consecuencia del trabajo efectivamente prestado. La renuncia voluntaria se hace efectiva en la fecha señalada por el peticionario.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: N...
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