Contraloría - Dictamen N° 42305 2014
Reintegro por licencias médicas rechazadas
Abstracto
Dictamen 42305 del 12 de junio de 2014. La CGR determina que procede el reintegro de rentas pagadas por licencias médicas rechazadas, aunque la apelación ante la SUSESO esté pendiente, conforme al artículo 72 de la ley 18834 y al artículo 63 del decreto 3/84 del Ministerio de Salud.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Marcelo Úbeda Urbina, funcionario de la Tesorería General de la República
- Materia: Reintegro de rentas por licencias médicas rechazazadas con apelación pendiente.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de Marcelo Úbeda Urbina para evitar descuentos en remuneraciones por licencias médicas rechazadas, argumentando una apelación pendiente ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
- Hechos relevantes: La Tesorería General de la República informa que el recurrente debe restituir las rentas concedidas durante los descansos médicos rechazados y que no cuenta con antecedentes sobre las impugnaciones.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Artículo 72 de la ley N° 18.834.
- Reglamentos: Artículo 63 del decreto N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
- Normativa especial: Artículo 67 de la ley N° 10.336.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede el reintegro de rentas indebidamente pagadas por licencias médicas rechazadas mientras la apelación ante la SUSESO está pendiente.
- Argumentación CGR: La CGR se basa en el artículo 72 de la ley N° 18.834 y el artículo 63 del decreto N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, que establecen la obligatoriedad de devolver los estipe...
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