Contraloría - Dictamen N° 69333 2014
Bono término conflicto; prescripción
Abstracto
Dictamen 69333 de 2014. Exfuncionaria del Hospital de Carabineros reclama pago de bonos de término de conflicto. CGR determina que el pago requiere estar en servicio a la fecha de publicación de la ley 20.642 y que el derecho a cobro prescribe en dos años.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Javiera Francisca Valenzuela Valladares, exfuncionaria del Hospital de Carabineros
- Materia: Pago de bono especial ley N° 20.642 y prescripción del derecho a cobro.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por el no pago de bonos de término de conflicto por parte del Hospital de Carabineros.
- Hechos relevantes: La recurrente se desempeñó en el Hospital de Carabineros hasta el 9 de julio de 2012.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 20.313, artículo 25; Ley N° 20.642.
- Código del Trabajo: Artículo 510.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede el pago de los bonos de término de conflicto reclamados y si el derecho a cobro se encuentra prescrito.
- Argumentación CGR: El pago del bono especial previsto en la ley N° 20.642 requiere encontrarse en servicio a la fecha de publicación de esa ley. El derecho a cobrar el bono de término de conflicto, en el caso de empleados afectos al Código del Trabajo, prescribe en dos años.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes N° 61.729 de 2009 y N° 58.872 de 2013.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No procede el pago de los bonos reclamados.
- Criterios establecidos: El derecho a cobro de los bonos prescribió al habe...
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