Contraloría - Dictamen N° 62294 2015
Bono vacaciones improcedente cese funciones
Abstracto
El Dictamen 62294 de 2015, de la Contraloría General de la República, establece que Judith Burgos Pereira no tiene derecho al bono de vacaciones de la ley 20.799, art. 26, al no estar en funciones al momento del pago, aplicando criterios de dictámenes 12926/2011 y 36279/2015.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Judith Burgos Pereira, exfuncionaria de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile.
- Materia: Pago del bono de vacaciones regulado en el artículo 26 de la ley N° 20.799.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de la señora Judith Burgos Pereira respecto al pago del bono de vacaciones tras su cese en la Universidad de Chile.
- Hechos relevantes: La recurrente se desempeñó en la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile hasta el 31 de diciembre de 2014.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 20.799, artículo 26.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la exfuncionaria tiene derecho al bono de vacaciones regulado en el artículo 26 de la ley N° 20.799.
- Argumentación CGR: Para el goce del beneficio, el servidor debe mantener vigente su vínculo laboral a la época de percepción del mismo, siendo suficiente el ejercicio de funciones por un solo día en el mes de su otorgamiento (enero).
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes Nos 12.926, de 2011 y 36.279, de 2015.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La señora Judith Burgos Pereira no tiene derecho al pago del bono de vacaciones regulado en el artículo 26 de la ley N° 20.799.
- Criterios establecidos:...
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