Contraloría - Dictamen N° 29048 2018
Ascenso sin diploma obligatorio Carabineros
Abstracto
Dictamen 29048 de 2018. Contraloría General determina que Carabineros no puede exigir a egresado 2013 el diploma de Oficial de Orden y Seguridad para ascender a Teniente, al ser requisito opcional según DFL 2/68 y DTO 229/80.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Rafael Soto Cruzat, funcionario de Carabineros de Chile
- Materia: Requisito de título profesional para ascenso a Teniente en Carabineros.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de título de Oficial de Orden y Seguridad para ascender a Teniente, siendo egresado de la escuela institucional en 2013.
- Hechos relevantes: El recurrente fue nombrado Subteniente en 2013. Carabineros exige el diploma de Oficial de Orden y Seguridad, Administrador en Seguridad Pública, para el ascenso.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: No se mencionan artículos constitucionales.
- Leyes: DFL N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, artículo 24.
- Reglamentos: Decreto N° 229, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento Orgánico de la Escuela de Carabineros de Chile, artículo 20 (en su texto vigente a la época de los estudios del recurrente); Decreto N° 1.432, de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, artículos primero y segundo transitorios.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si Carabineros puede exigir al recurrente el diploma de Oficial de Orden y Seguridad para ascender a Teniente.
- Argumentación CGR: El art...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora