Penal - Rol O-3742-2018
MINISTERIO PUBLICO C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Copiapó. * RUC: 1800538000-2, RIT: 3742-2018. * Fecha: 2 de octubre de 2018. * Tipo de procedimiento: Abreviado.
• Hechos acreditados: * El 2 de junio de 2018, aproximadamente a las 07:48 horas, en la Ruta 5 Norte, Km. 841, comuna de Copiapó, las imputadas Lidia Almanza Bustamante y Nilda López Vidaurre, ciudadanas bolivianas, fueron fiscalizadas en un bus Pullman con origen en Iquique y destino Santiago. * Funcionarios de la Policía de Investigaciones (PDI) alertados por un perro detector de drogas, observaron que las imputadas presentaban síntomas de ingesta de ovoides con droga. * Trasladadas al Hospital de Copiapó, un examen radiológico confirmó la presencia de ovoides en sus cavidades abdominales. * Lidia Almanza Bustamante evacuó 71 ovoides que contenían 765,061 gramos de cocaína base (30%) entre el 2 de junio a las 11:58 horas y el 3 de junio de 2018. * Nilda López Vidaurre evacuó 26 ovoides con 248,042 gramos de cocaína clorhidrato (72%) en el mismo período. * Ambas transportaban la droga con fines de tráfico.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Lidia Almanza Bustamante y Nilda López Vidaurre fueron condenadas como autoras del delito de tráfico ilícito de drogas (Art. 3 de la Ley 20.000), en grado de desarrollo consumado. * Pena: 5 años de presidio menor en su grado máximo. * Accesorias: Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. * Registro de huella genética.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la expulsión del territorio nacional (artículo 34 de la Ley 18.216). * No podrán regresar a Chile por 10 años.
• Antecedentes relevantes del imputado: * Las imputadas son ciudadanas bolivianas. * Lidia Almanza Bustamante nació el 10 de abril de 1996. * Nilda López Vidaurre nació el 24 de septiembre de 1992. * Ambas estaban recluidas en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Artículo 11 N°6 y 11 N°9 del Código Penal (no especificadas). * Agravantes: No concurren.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se especifican en el resumen.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * No se especifican en el resumen.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 3 de la Ley 20.000 (Tráfico ilícito de drogas). * Artículo 34 de la Ley 18.216 (sobre sustitución de penas). * Artículo 29 del Código Penal (penas accesorias). * Artículo 17 de la Ley 19.970 (registro de huella genética).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * La expulsión del territorio nacional debe ser ejecutada en un plazo máximo de 60 días. * Si las imputadas intentan ingresar a Chile antes de los 10 años, se revocará la expulsión y deberán cumplir el saldo de la pena privativa de libertad.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * Las partes renunciaron a los plazos, por lo que la resolución queda firme y ejecutoriada.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Copiapó. * RUC: 1800538000-2, RIT: 3742-2018. * Fecha: 2 de octubre de 2018. * Tipo de procedimiento: Abreviado.
• Hechos acreditados: * El 2 de junio de 2018, aproximadamente a las 07:48 horas, en la Ruta 5 Norte, Km. 841, comuna de Copiapó, las imputadas y , ciudadanas bolivianas, fueron fiscalizadas en un bus Pullman con origen en Iquique y destino Santiago. * Funcionarios de la Policía de Investigaciones (PDI) alertados por un perro detector de drogas, observaron que las imputadas presentaban síntomas de ingesta de ovoides con droga. * Trasladadas al Hospital de Copiapó, un examen radiológico confirmó la presencia de ovoides en sus cavidades abdominales. * evacuó 71 ovoides que contenían 765,061 gramos de cocaína base (30%) entre el 2 de junio a las 11:58 horas y el 3 de junio de 2018. * evacuó 26 ovoides con 248,042 gramos de cocaína clorhidrato (72%) en el mismo período. * Ambas transportaban la droga con fines de tráfico.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * y fueron condenadas como autoras del delito de tráfico ilí...
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