Penal - Rol O-8311-2018
MP C/
Abstracto
La presente causa corresponde a un proceso judicial llevado a cabo en el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, bajo el RUC 1800716549-4 y RIT 8311-2018. La fecha de la resolución es el 2 de octubre de 2018. El proceso se relaciona con una investigación o juicio en el que se encuentra involucrada ISIS ANDREA FUENTES GALLARDO, cuyo RUT es 17.161.515-1. La dirección registrada para la imputada es Sector Loncura, Pasaje Los Pinos N° 2695, Quintero. El tribunal ha decidido absolver a ISIS ANDREA FUENTES GALLARDO de las acusaciones formuladas por el Ministerio Público. Adicionalmente, se ha determinado no condenar al Ministerio Público al pago de las costas procesales, al considerar que existieron motivos plausibles para iniciar la acción legal. La decisión del tribunal se fundamenta en diversas disposiciones legales, incluyendo los artículos 1 y siguientes del Código Penal, los artículos 36, 47, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, y específicamente el artículo 468 del mismo cuerpo legal. Como consecuencia de la absolución, se ordena dejar sin efecto cualquier medida cautelar previamente dispuesta y se instruye dar estricto cumplimiento a lo estipulado en el artículo 468 del Código Procesal Penal.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: Juzgado de Garantía de Viña del Mar.
- RUC: 1800716549-4
- RIT: 8311-2018
- Fecha: 2 de octubre de 2018.
- Tipo de procedimiento: No especificado en el documento, pero se deduce que es un juicio oral.
• Imputado:
- Nombre: .
- RUT:
- Dirección: .
• Decisión del Tribunal:
- Absuelve a del requerimiento fiscal.
- No condena al Ministerio Público al pago de las costas, por considerar que tuvo motivos plausibles para litigar.
• Disposiciones legales determinantes:
- Artículos 1 y siguientes del Código Penal.
- Artículos 36, 47, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal.
- Artículo 468 del Código Procesal Penal.
• Otras consideraciones:
- Se deben dejar sin efecto las medidas cautelares que se hayan decretado.
- Se debe dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal....
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