Penal - Rol O-23-2018
MINISTERIO PUBLICO C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes. * RUC: 1500689654-4. * RIT: 23-2018. * Fecha: 3 de diciembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral. • Hechos acreditados: * Fechas y Lugares: * 2015 (Julio): Inicio de la investigación en la Fiscalía Local de Los Andes, junto con la Brigada Antinarcóticos Metropolitana, contra , por tráfico ilícito de drogas. * 2015 (Agosto): La policía detecta, desde 2015, las ganancias ilícitas de , destinadas a la adquisición de inmuebles. * 2016 (Mayo, Junio, Julio): coordina con , alias "Jony," la recepción de droga. * 2016 (5 de Septiembre): Reunión entre y en Santiago, para coordinar la recepción de droga al día siguiente. * 2016 (6 de Septiembre, 7:55 AM): y salen de su domicilio en Santiago y viajan a Los Andes, donde son recogidos por y . * 2016 (6 de Septiembre, 10:30 AM): Los cuatro se dirigen a una propiedad en la Ruta Internacional 60 CH, Km 57. * 2016 (6 de Septiembre, 11:10 AM): solicita a más alcohol isopropílico. * 2016 (6 de Septiembre, 12:10 PM): regresa a la propiedad con alcohol isopropílico. * 2016 (6 de Septiembre, 12:45 PM): Ingreso policial a la propiedad, detención de y , hallazgo de drogas, precursores, un arma y municiones. * 2016 (6 de Septiembre, 14:15 PM): Ingreso y registro a domicilios de , y , donde se encontraron drogas, armas y dinero. * 2012 (Aproximadamente): inicia actividades de tráfico ilícito de drogas. * Conductas: * : Tráfico de cocaína clorhidrato, importación de droga, coordinación con proveedores bolivianos, lavado de activos, ocultando el origen ilícito y adquiriendo y usando bienes, a través de compra de propiedades a nombre de terceros. * : Facilitación de transporte, transporte de insumos, posesión y transporte de drogas. * : Importación de droga desde Bolivia, transporte, posesión de un arma de fuego. * : Transporte de droga. • Calificación jurídica y pena impuesta: * : * Tráfico ilícito de drogas (art. 3°, en relación al art. 1° de la Ley N° 20.000): 6 años de presidio mayor en su grado mínimo. * Posesión y tenencia de precursores y sustancias químicas esenciales (art. 2° de la Ley N° 20.000): 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo. * Lavado de Activos (art. 27 de la Ley 19.913): 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo. * : * Tráfico ilícito de drogas (art. 3°, en relación al art. 1° de la Ley N° 20.000): 4 años de presidio menor en su grado máximo. * Tenencia ilegal de municiones (art. 9 y 2 de la Ley N°17.798): 541 días de presidio menor en su grado medio. * : * Tráfico ilícito de drogas (art. 3°, en relación al art. 1° de la Ley N° 20.000): 4 años de presidio menor en su grado máximo. * Tenencia ilegal de arma de fuego prohibida (art. 13 y 3 de la Ley N°17.798): 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo. * : * Tráfico ilícito de drogas (art. 3°, en relación al art. 1° de la Ley N° 20.000): 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo. • Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * : Penas accesorias legales (inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena), comisos, multas. * : Penas accesorias legales (inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena), multas. * : Penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena. La pena de prisión es sustituida por la de expulsión del país. * : Pena de expulsión del territorio nacional (artículo 34 de la ley Nº 18.216). * Todos los acusados: Se les concede el beneficio de pagar las multas en diez parcialidades iguales y sucesivas. * Se exime a todos los acusados del pago de las costas de la causa. • Antecedentes relevantes del imputado: * : * Edad: 36 años. * Ocupación: Comerciante. * Antecedentes penales: Robo en lugar habitado (condenado el 18 de enero de 2005) e infracción a la ley 20.000 (condenado el 9 de mayo de 2006). * : * Edad: 24 años. * Ocupación: Estudiante. * Antecedentes penales: Irreprochable conducta anterior. * : * Edad: 49 años. * Ocupación: Chofer. * Antecedentes penales: Irreprochable conducta anterior. * : * Edad: 22 años. * Ocupación: Chofer. * Antecedentes penales: Irreprochable conducta anterior. • Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Irreprochable conducta anterior (, y ), colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (, , y ). * Agravantes: Ninguna. * Impacto: La aplicación de las atenuantes conlleva a una disminución de las penas, según lo dispuesto en el artículo 68 del Código Penal. En particular, el artículo 68 bis del Código Penal, respecto a . • Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Acusa a los cuatro imputados por tráfico ilícito de drogas, posesión y tenencia de precursores y sustancias químicas esenciales, porte y tenencia ilegal de armas de fuego y municiones, y a por lavado de activos. Solicita condenas por las penas solicitadas en su acusación, incluyendo comiso de los efectos del delito. * Defensa: Niega la participación de los acusados en algunos de los delitos y solicita recalificación de los hechos; solicitud de absolución por tenencia ilegal de armas y municiones; colaboración al esclarecimiento de los hechos. • Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El tribunal valora la prueba rendida por el Ministerio Público como suficiente para acreditar los hechos. * El testimonio de los funcionarios policiales es considerado verosímil y consistente, y el informe pericial sobre las sustancias incautadas resulta determinante para establecer la naturaleza y peligrosidad de la droga. * Se considera la autonomía del delito de lavado de activos, y se analiza la participación de los acusados como autores. * Se realiza una distinción entre la posesión y tenencia de las armas de fuego y se determina que se ha acreditado el delito para y, no para los demás. * Se aplica la atenuante de colaboración, valorándose la declaración de cada imputado en estrados. • Disposiciones legales determinantes: * Ley N° 20.000 (artículos 1, 2, 3). * Ley N° 19.913 (artículo 27). * Ley N° 17.798 (artículos 9, 13). * Código Penal (artículos 11 N° 6 y N° 9, 15 Nº 1, 68, 69, 70, 74, 593). * Código Procesal Penal (artículos 152, 292, 295, 297 y siguientes, 309, 315, 325 y siguientes, 329, 332, 340, 341, 342, 343, 344, 347 y 348). * Decreto Supremo 867 de 19 de febrero de 2008. * Decreto Supremo Nº1358 del Ministerio del Interior. * Artículos 34 de la ley Nº 18.216. • Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * Se concede el beneficio de pagar las multas a que han sido condenados respectivamente en diez parcialidades iguales y sucesivas. • Información sobre recursos disponibles o presentados: * No hay información sobre recursos presentados.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes. * RUC: 1500689654-4. * RIT: 23-2018. * Fecha: 3 de diciembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Juicio Oral. • Hechos acreditados: * Fechas y Lugares: * 2015 (Julio): Inicio de la investigación en la Fiscalía Local de Los Andes, junto con la Brigada Antinarcóticos Metropolitana, contra , por tráfico ilícito de drogas. * 2015 (Agosto): La policía detecta, desde 2015, las ganancias ilícitas de , destinadas a la adquisición de inmuebles. * 2016 (Mayo, Junio, Julio): coordina con , alias "Jony," la recepción de droga. * 2016 (5 de Septiembre): Reunión entre y en Santiago, para coordinar la recepción de droga al día siguiente. * 2016 (6 de Septiembre, 7:55 AM): y salen de su domicilio en Santiago y viajan a Los Andes, donde son recogidos por y . * 2016 (6 de Septiembre, 10:30 AM): Los cuatro se dirigen a una propiedad en la Ruta Internacional 60 CH, Km 57. * **2016 (6 de Septiembre, 11:1...
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