Penal - Rol O-8852-2018
MP C/
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Temuco. * RIT: 8852-2018. * RUC: 1800875852-9. * Fecha: 5 de diciembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * Conducta: El 6 de septiembre de 2018, alrededor de las 19:00 horas, tuvo una discusión con su ex conviviente, . En este contexto, amenazó a la víctima, indicándole que le daría muerte si iniciaba o mantenía una relación sentimental con otra persona.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación original (Fiscalía): Amenazas en contexto de Violencia Intrafamiliar (VIF). * Recalificación (Fiscalía): Falta de coacción. * Calificación final (Tribunal): Falta de coacción, tipificada en el artículo 494 N° 16 del Código Penal, en grado de consumada. * Pena: Multa equivalente a un tercio de una Unidad Tributaria Mensual (UTM), sustituida por un día de reclusión, que se da por cumplida con el día que el sentenciado estuvo privado de libertad.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Prohibición de acercarse a la víctima, , en su domicilio, lugar de trabajo o donde se encuentre, por el término de un año (medida de protección del artículo 9 letra b de la Ley 20.066). * Exención del pago de costas (artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales).
• Antecedentes relevantes del imputado: * . * Ocupación: Pequeño agricultor. * Antecedentes penales: No especificados en el resumen. * Otros: Admitió responsabilidad en los hechos.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuantes: Admisión de responsabilidad en los hechos. * Impacto: Determinante para la aplicación de la pena y la exención de costas.
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Inicialmente solicitó una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de amenazas en contexto de VIF. Luego, recalificó el delito a falta de coacción y solicitó una multa de dos UTM y la medida de protección del artículo 9 letra b de la Ley 20.066. * Defensa: No discutió los hechos ni la participación del imputado. Solicitó que la multa fuera rebajada a un tercio de UTM, que se sustituyera por reclusión, ya cumplida, y que se le eximiera del pago de costas.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El imputado admitió responsabilidad en los hechos. * El imputado es pequeño agricultor y carece de ingresos fijos. * Aplicación del artículo 70 del Código Penal para la determinación de la pena.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 494 N° 16 del Código Penal (falta de coacción). * Artículo 9 y siguientes de la Ley 20.066 (Violencia Intrafamiliar). * Artículo 70 del Código Penal. * Artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales (exención de costas). * Artículo 49 del Código Penal (sustitución de la pena). * Artículos 1°, 14 N° 1, 15 N° 1, 25, 49, 67, 348 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal.
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se aplicó suspensión condicional de la pena. Se impuso la prohibición de acercarse a la víctima por un año. No se especifican las consecuencias de su incumplimiento, pero generalmente conlleva la revocación de la medida y el cumplimiento de la pena.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Temuco. * RIT: 8852-2018. * RUC: 1800875852-9. * Fecha: 5 de diciembre de 2018. * Tipo de procedimiento: Simplificado.
• Hechos acreditados: * Conducta: El 6 de septiembre de 2018, alrededor de las 19:00 horas, tuvo una discusión con su ex conviviente, . En este contexto, amenazó a la víctima, indicándole que le daría muerte si iniciaba o mantenía una relación sentimental con otra persona.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * Calificación original (Fiscalía): Amenazas en contexto de Violencia Intrafamiliar (VIF). * Recalificación (Fiscalía): Falta de coacción. * Calificación final (Tribunal): Falta de coacción, tipificada en el artículo 494 N° 16 del Código Penal, en grado de consumada. * Pena: Multa equivalente a un tercio de una Unidad Tributaria Mensual (UTM), sustituida por un día de reclusión, que se da por cumplida con el día que el sentenciado estuvo privado de libertad.
• Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Prohibición de acercarse a la víctima, , en su domicilio, lugar de trabajo o donde se encuentre, por el término de un año (med...
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