SII - Circular N°96 (05-07-1972)

Circular N°96 (05-07-1972) del SII

Abstracto

Circular 96 del SII, de 1972, imparte instrucciones sobre el impuesto a la compraventa de vehículos motorizados vendidos a través de martilleros, exigiendo acreditación de propiedad y tasación previa para el cálculo del tributo.

Resumen

• Datos básicos de la circular: Circular N* 96, de 05 de julio de 1972. Emisor: Dirección del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Venta de vehículos motorizados a través de martilleros en remate público o venta privada.

• Contexto normativo y objetivo: Impartir instrucciones sobre la aplicación del impuesto a la compraventa que afecta a los vehículos motorizados vendidos a través de martilleros, ya sea en remate público o en venta privada.

• Alcance y ámbito de aplicación: Martilleros públicos y consignantes de vehículos motorizados vendidos en remate público o venta privada.

• Principales instrucciones y criterios interpretativos:

* Los martilleros deben exigir la acreditación, mediante documento auténtico, de que el consignante del vehículo es el último propietario según el Registro de Vehículos Motorizados. * Los consignantes deben acompañar un certificado del tasador del SII con el valor del vehículo previo a la subasta o venta privada. El impuesto a la compraventa se calcula sobre este valor si el precio de adjudicación o venta es inferior a la tasación. Si el precio es superior a la tasación, el impuesto se calcula sobre el precio de adjudicación. * Si la subasta o venta involucra camiones, taxis, microbuses u otros vehículos afectos al imp...

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