SII - Oficio N°2470 (06-05-1975)
Oficio N°2470 (06-05-1975) del SII
Abstracto
El SII analiza la tributación de la enajenación de derechos en una comunidad forestal. Determina que el mayor valor obtenido no constituye renta, salvo que la enajenación se realice habitualmente o forme parte del activo inmovilizado de una empresa de la Primera Categoría.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2470, de 6 de mayo de 1975, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Director Nacional: Guillermo Figueroa Garcés. Materia: Tributación aplicable a la enajenación de derechos en una comunidad forestal.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente destinó por escritura pública un predio a la formación de una comunidad forestal dividida en 600 derechos o partes alícuotas.
• Consultas específicas planteadas al SII: Impuestos aplicables a la enajenación de derechos o cuotas en una comunidad forestal.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que los derechos y partes alícuotas del predio constituyen un inmueble o bien raíz, y que dicha comunidad tiene como único patrimonio el predio, el cual se encuentra plantado con pinos insignes.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se menciona el artículo 50 de la Ley de la Renta (anterior), específicamente la letra a) N° 2 y la letra b) N° 4, referentes a la enajenación de bienes raíces y derechos en una comunidad, respectivamente, así como el artículo 3° transitorio del Decreto Ley.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII indica que, a contar del 1° de enero de 1975, con el nuevo tex...
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