SII - Oficio N°3903 (04-07-1975)
Oficio N°3903 (04-07-1975) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de dividendos percibidos por una sociedad de personas desde una sociedad anónima, y su imputación en el impuesto Global Complementario o Adicional de los socios, incluyendo el uso del crédito del 40% según los artículos 56 N°3 y 63 de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3903, del 01 de julio de 1975, del Servicio de Impuestos Internos. Director Nacional: José Manuel Benítez Barrios.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Don Camilo Pérez de Arce Larenas consulta sobre el tratamiento tributario de los dividendos que una sociedad anónima reparte a una sociedad de personas, respecto de la obligación de los socios de declarar dichas rentas en el Global Complementario o Adicional.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo deben tributar los dividendos que una sociedad anónima distribuye a una sociedad de personas, especialmente en relación con la declaración de los socios en el Impuesto Global Complementario o Adicional y el uso del crédito del 40% contemplado en los artículos 56 N°3 y 63 de la Ley de la Renta?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante busca clarificar si los socios de la sociedad de personas pueden utilizar el crédito del 40% sobre los dividendos distribuidos por la sociedad anónima, conforme a los artículos 56 N°3 y 63 de la Ley de la Renta.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan los artículos 14, 54 N°1, 56 N°3, 63 y 98 N°2 de la Ley de la Renta.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII:...
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