SII - Circular N°117 (12-09-1975)
Circular N°117 (12-09-1975) del SII
Abstracto
La Circular del SII de 1975 aborda la suspensión de PPM por pérdidas, el arrastre de resultados trimestrales, formalidades para la suspensión, cálculo de ingresos brutos y correcciones a la Circular 102 sobre PPM pagados incorrectamente, detallando sanciones e intereses.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 117 del Servicio de Impuestos Internos (SII), de fecha no especificada en el documento, pero emitida en 1975. Consta de dos partes (117A y 117B).
• Contexto normativo y objetivo: Impartir instrucciones sobre los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) conforme a la nueva Ley sobre Impuesto a la Renta, buscando un equilibrio entre ingresos y tributación. Aclarar y rectificar procedimientos sobre PPM pagados incorrectamente según la Circular N° 102.
• Alcance y ámbito de aplicación: Contribuyentes de Primera Categoría obligados al sistema de PPM según el Art. 84 letra a) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Suspensión de PPM: Los contribuyentes pueden suspender los PPM del primer trimestre si el balance anual anterior arrojó pérdidas tributarias. Los pagos se reanudan en el segundo trimestre, a menos que un estado de pérdidas y ganancias demuestre que la pérdida persiste. La suspensión se aplica a los pagos correspondientes a los meses del trimestre.
- Arrastre de Pérdidas y Ganancias: Los estados de pérdidas y ganancias trimestrales deben reflejar la situación real de la empresa, incluyendo pérdidas o ganancias de trimestres anteriores. La pérdida determinada en el ba...
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