SII - Resolución N°985 (24-09-1975)
Resolución N°985 (24-09-1975) del SII
Abstracto
La Resolución Exenta N° 985 del SII, de 1975, establece la obligación para industriales manufactureros, importadores y comerciantes mayoristas de llevar registros de existencias de materias primas y mercaderías, con detalles específicos sobre su contenido y timbraje. Entra en vigencia el 1 de enero de 1976.
Resumen
• Datos básicos de la resolución: Resolución Exenta N° 985, de fecha 24 de septiembre de 1975, del Servicio de Impuestos Internos (SII). La materia es el establecimiento de la obligación de llevar registros de existencias que se señalan.
• Contexto normativo y competencia del SII: La resolución se basa en el artículo 7° del Decreto Supremo N° 2, de 15 de febrero de 1963 (Estatuto Orgánico del Servicio de Impuestos Internos) y el artículo 6°, letra A), N° 1 del Decreto Ley N° 830, de 1974.
• Antecedentes administrativos relevantes: El SII considera que los registros de existencias permiten obtener información adecuada para las auditorías tributarias. Se ha detectado que la fiscalización a productores y comerciantes mayoristas se ve entorpecida por la falta de controles relacionados con el movimiento de existencias.
• Materia y objetivos de la resolución: La resolución busca contar con medios para una fiscalización más efectiva de inventarios y reglamentar la utilización de los registros.
• Contenido principal e instrucciones impartidas: Se obliga a industriales manufactureros, importadores y comerciantes mayoristas, cuyo capital efectivo exceda de 150 unidades tributarias anuales al comienzo del ejercicio, o cuyo monto de compras de materias primas y/o mercaderías en general h...
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