SII - Oficio N°6604 (30-10-1975)
Oficio N°6604 (30-10-1975) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario del sueldo empresarial según el artículo 31 N°6 de la LIR, cuando el socio trabaja media jornada y es profesor. Reitera los requisitos para que dicho sueldo sea considerado gasto necesario.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 6604, del 7 de octubre de 1975, dirigido a la Sra. Inés Muñoz Muñoz. Materia: Tratamiento tributario del sueldo empresarial (art. 31, N° 6, inc. 3°, LIR) cuando el socio trabaja media jornada.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre el tratamiento tributario del sueldo empresarial cuando un socio trabaja media jornada en la empresa y, además, se desempeña como profesor de enseñanza básica.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el tratamiento tributario del sueldo empresarial señalado en el artículo 31, N° 6, inciso 3°, de la Ley de la Renta, cuando un socio trabaja media jornada en la empresa y se desempeña además como profesor de enseñanza básica?
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 31, N° 6, de la Ley de la Renta; Art. 11 transitorio del D.L. N° 824, de 1972; Circular N° 83, de 26 de junio de 1975.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Se reitera que para que el sueldo del empresario o socio constituya un gasto necesario de la empresa, deben cumplirse los siguientes requisitos: (A) que el empresario trabaje efectiva y permanentemente en la empresa; (B) que sobre el sueldo asignado se impongan cotiz...
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