SII - Circular N°145 (18-11-1975)
Circular N°145 (18-11-1975) del SII
Abstracto
La Circular 145 del SII, de 1975, imparte instrucciones sobre el tratamiento tributario de las donaciones al Fondo de Solidaridad Nacional, estableciendo exenciones de impuestos, liberación del trámite de insinuación y la posibilidad de rebajar estas donaciones de la renta imponible, con limitaciones a partir de noviembre de 1975.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 145 del Servicio de Impuestos Internos (SII), de fecha 19 de julio de 1975. Trata sobre el tratamiento tributario de las donaciones al Fondo de Solidaridad Nacional.
• Contexto normativo y objetivo: Se basa en el Decreto Ley N° 1.080, que crea el Fondo de Solidaridad Nacional, y su reglamento, el Decreto Supremo N° 1.088. La circular busca instruir sobre las exenciones y tratamientos tributarios aplicables a las donaciones realizadas a dicho fondo.
• Alcance y ámbito de aplicación: Aplica a personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que realicen donaciones al Fondo de Solidaridad Nacional.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Exenciones: Las donaciones están exentas de todo tipo de impuestos, tributos, contribuciones, derechos, tasas o gravámenes.
- Liberación del trámite de insinuación: No se requiere autorización judicial para las donaciones al fondo.
- Rebaja de la renta imponible: Los contribuyentes del impuesto a la renta pueden rebajar el monto de las donaciones de su renta imponible, siguiendo pautas específicas para contribuyentes de primera y segunda categoría, así como para empleados, obreros y pensionados.
• Ejemplos o casos ilustrativos incluidos: No se incluyen ejemplos o caso...
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