SII - Oficio N°7121 (17-11-1975)
Oficio N°7121 (17-11-1975) del SII
Abstracto
El SII clarifica la exención del Impuesto a los Servicios para particulares que realizan transporte de trabajadores o estudiantes con autorización de las autoridades, equiparándolos a empresas de movilización colectiva según el DL 925, artículo 6° N° 4.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 26/2287, 17 de octubre de 1975, del Director Nacional del SII al Director de la III Dirección Regional Santiago. Materia: Exención de Impuesto a los Servicios para empresas de movilización colectiva.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre si la denominación "empresa de movilización" aplica a particulares con máquinas dedicadas al transporte de trabajadores o alumnos con recorridos permanentes prefijados por la Dirección de Transporte.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿La exención del Impuesto a los Servicios, que favorece a las empresas de movilización colectiva, comprende también la movilización de alumnos, trabajadores de empresas, hijos de trabajadores a salas cunas o guarderías infantiles, sin que sea requisito indispensable la posesión de recorridos permanentes prefijados por la Dirección de Transporte con carácter de movilización pública?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Circular N° 85 de 4 de mayo de 1975. Artículo 6°, N° 4 del Decreto Ley N° 925, de 1976.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Los particulares que posean un...
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